Tenemos buenas noticias, aunque no para todos. El sábado día 9 de Mayo se publicó en el Boletín oficial del Estado las normativa regulatoria para los desplazamientos y de su aplicación y esto es lo que nos afecta como usuarios de motocicletas en todo tipo de vías.

Según la Orden SND 399/2020 de flexibilización de restricciones establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia la normalidad se puede ver que en la Fase 1 : se puede circular por la provincia o unidad territorial de referencia (según el anexo de la Orden) y también se podrá acceder a instalaciones deportivas al aire libre, con cita previa.

Artículo 7. Libertad de circulación.

1. En relación a lo establecido en la presente orden, se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.

Por tanto todos los motoristas que estén en las zonas catalogadas como FASE 1 pueden desplazarse en motocicleta, incluso con pasajero y en grupo hasta un máximo de 10 personas. En todo caso siempre hay que mantener el resto de las normativas sociales aplicadas a cualquier ciudadano en sus relaciones personales.

Por ahora hay que estar muy atento a las areas en que se puede montar y en cuales no que dependen no solo de la provincia si no también de la región sanitaria.

Poco a poco podremos ir saliendo todos a montar en moto si las circunstancias sanitarias siguen mejorando. Si estas en zona de montar ENHORABUENA, si aun no estas entre los «afortunados» paciencia. Ya queda menos.